Ley Nº21.489 de promoción, protección y fomento de la actividad apícola de Chile
Esta ley consta de 31 artículos y tiene por objeto la promoción, protección y fomento del desarrollo sustentable de la apicultura como actividad silvoagropecuaria, mediante la regulación de la producción y extracción de productos apícolas; la comercialización de material biológico apícola; y los servicios de polinización provenientes de toda colmena de abejas en el territorio nacional. La Ley pone en relieve la importancia de la apicultura para la conservación de la biodiversidad y mantenimiento del equilibrio ecosistémico.
La norma establece principios rectores de la regulación incorporando los conceptos de sustentabilidad, participativo, gradualismo, sanidad apícola, bienestar apícola, fomento de la actividad apícola y factor productivo estratégico.
Se crea el Registro Nacional de Apicultores en el que deberán inscribirse los apiarios, así como el Registro de Estampadores de Cera, en el que deberá inscribirse toda persona que realice servicios de estampado de cera. La Ley distingue entre las condiciones mínimas de orden estructural y de orden operacional, mandatando su regulación mediante Reglamento, resguardando siempre la sanidad y el bienestar de las abejas.
El Servicio Agrícola y Ganadero podrá regular, restringir o prohibir la fabricación, importación, exportación, distribución, venta, tenencia y aplicación de plaguicidas que puedan tener efecto en la actividad apícola. Asimismo, cuando se apliquen plaguicidas se deberá dar estricto cumplimiento a las indicaciones contenidas en la etiqueta y, cuando se trate de plaguicidas que representen toxicidad para las abejas, deberá dar aviso de su aplicación al SAG y a los apicultores circundantes con al menos 48 horas de antelación.
El Ministerio de Agricultura establecerá, a través de un reglamento, las condiciones necesarias para regular la trashumancia de colmenas. La fabricación, importación, distribución, comercialización o transferencia de miel, polen corbicular, y jalea real alterados, adulterados, contaminados o falsificados queda estrictamente prohibido, y solo podrá catalogarse y etiquetarse como miel a los productos que cumplan con las características definidas por la ley.
Las disposiciones de la ley se aplicarán también a la apicultura urbana, quedando autorizado emplazar colmenares en los sitios urbanos indicados, lo que deberá ser regulado con más detalle mediante Reglamento.
Los reglamentos a que se refiere la ley deberán dictarse en el plazo de un año contado desde su publicación en el Diario Oficial (fue publicada el 12 de octubre de 2022). El Ministerio de Agricultura elaborará dos reglamentos, el General y de Trashumancia y una norma técnica sobre aplicación de plaguicidas, los cuales serán sometidos a un proceso de consulta pública.
Ideas fuerza e impactos:
- Chile se suma al listado de los pocos países que hoy cuentan con una regulación y protección al rubro apícola y este año será sede del evento mundial más importante del sector: APIMONDIA 2023[1].
- La Ley Apícola responde a una demanda de larga data solicitada por la dirigencia gremial de su respectiva cadena productiva y sectorial.
- La propuesta fue enriquecida a través de nueve instancias de participación en las mesas apícolas regionales.
- La Ley define que el Ministerio de Agricultura elaborará un Plan Estratégico de Desarrollo Apícola a fin de asegurar la coordinación y coherencia de los instrumentos de fomento establecidos en la legislación vigente, y una revisión constante de sus resultados (cada tres años).
- La Ley es un avance relevante para la cadena productiva y comercial apícola, pues genera un marco legal para la actividad. Formaliza y robustece los registros actuales de apicultores y otorga atribuciones al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) para regular la trashumancia.
- Reconoce la importancia del sector apícola nacional por parte del Estado, en especial por favorecer la diversidad y calidad de gran parte de los sistemas de producción agrícola, reconociendo, de esa forma, la importancia de la actividad apícola para la Seguridad Alimentaria y Nutricional del país.
- La polinización es un proceso fundamental para la supervivencia de los ecosistemas, esencial para la producción y reproducción de muchos cultivos y plantas silvestres. Casi el 90 por ciento de las plantas con flores dependen de la polinización para reproducirse; asimismo, el 75 por ciento de los cultivos alimentarios del mundo dependen en cierta medida de la polinización y el 35 de las tierras agrícolas mundiales. Las abejas mejoran nuestra dieta, gracias a la polinización contamos con la producción de frutas, algunas hortalizas, semillas, frutos secos y hasta aceites.
- Para crear conciencia sobre la importancia de los polinizadores, las amenazas a las que se enfrentan y su contribución al desarrollo sostenible, las Naciones Unidas declararon el 20 de mayo como Día Mundial de las Abejas.
- La Ley también modificó el Código Penal a fin de perseguir el robo o hurtos de colmenas.
Participación del FPH: Las solicitudes del sector apícola fueron acogidas en cuatro iniciativas parlamentarias entre los años 2014 y 2016, apoyadas por el FPH del Senado y luego por el FPH de la Cámara de Diputadas y Diputados de Chile. En mayo del 2020, el Ejecutivo presentó una indicación sustitutiva que permitió refundir las mociones parlamentarias en un texto base.
[1] El evento apícola más grande del mundo que reúne a apicultores, fabricantes de equipos apícolas y una amplia variedad de científicos involucrados en apicultura, apiterapia, polinización, desarrollo y economía se desarrolló el año pasado en Turquía y el 2023 será Chile el organizador de este encuentro. APIMONDIA se realizará en septiembre de 2023 en Espacio Riesco y se espera que asistan miles de personas provenientes de más de cien países de todo el mundo.