Ley Nº30.988 que promueve la Reducción y Prevención de Pérdidas y Desperdicios de Alimentos de Perú
El objeto de la ley, dispuesto en su primer artículo, es “reducir y prevenir las pérdidas y desperdicios de alimentos, en todas las etapas de la cadena alimentaria, desde la producción primaria hasta el consumo humano”.
El artículo 2º define correctamente las pérdidas, de manera separada a los desperdicios de alimentos.
El núcleo de la ley lo encontramos en su artículo 3º, que le otorga al Ministerio de Agricultura y Riego la responsabilidad de adoptar una serie de acciones estratégicas para reducir y prevenir las PDA:
- Promover y fortalecer actividades de capacitación y fomento de buenas prácticas;
- Promover la implementación de programas y proyectos a nivel nacional, regional y local;
- Realizar análisis y evaluaciones de estos proyectos;
- Promover la participación del sector privado y de la población en general en las medidas destinadas al objeto de la ley;
- Fomentar la capacidad científica, tecnológica y la formación de investigadores especializados en el área.
En cuanto a sus disposiciones transitorias, se le encarga al Ministerio de Agricultura y Riego, en coordinación con la Comisión Multisectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional, la elaboración de los lineamientos sobre seguridad alimentaria y nutricional que comprendan acciones específicas para reducir y prevenir las PDA, y se establece la obligación de informar semestralmente a la Comisión Agraria del Congreso Nacional sobre los resultados de implementación del Plan Nacional, dando cuenta de una tarea que debe involucrar al Estado en su conjunto.
Esta ley fue reglamentada el año 2020, mediante Decreto Supremo Nº30.988. En este instrumento se detallan de manera específica las acciones que debe llevar adelante el Poder Ejecutivo para prevenir y reducir las PDA. Entre otros:
- Incorpora los enfoques de género, interculturalidad, intergeneracional, calidad e inocuidad de alimentos, y de economía circular en la definición de las buenas prácticas para reducir y prevenir las PDA.
- Menciona dentro de las acciones estratégicas el incentivar la aplicación de conocimientos y prácticas ancestrales de producción sostenible de alimentos en las distintas fases de la cadena alimentaria.
- Compromete la promoción de acciones educativas vinculadas a la reducción de las PDA, como parte de la “Política Nacional de Educación Ambiental”.
- Instruye a la institucionalidad pública a promover los proyectos de inversión que ayuden a prevenir y reducir las PDA, favoreciendo la instalación de infraestructura adecuada en toda la cadena alimentaria.
- Fomenta la participación de la sociedad a través de la difusión en los medios de comunicación masiva de información sobre las causas y efectos de las PDA.
- Facilita la participación de iniciativas de investigación en fondos concursables que permitan desarrollar productos alternativos que eviten la generación de PDA.
- Declara al 12 de marzo de cada año como el “Día de la Concientización para la reducción y prevención de Pérdidas y Desperdicios de Alimentos”.
Adicionalmente, a nivel territorial, en septiembre de 2022 y bajo el impulso del Frente Parlamentario contra el Hambre de la Municipalidad de Lima, se dictó la Ordenanza Nº2498-2022, “Que promueve la recuperación y rescate de alimentos agrícolas, acuícolas frescos, en mercados mayoristas y mercados de abastos de Lima Metropolitana”.
Mediante esta Ordenanza se creó el programa “Lima Recupera y Alimenta”, de fomento al rescate y recuperación de alimentos para consumo humano y la transformación de desperdicios orgánicos en compostaje, ejecutado a través de las “brigadas de recuperación de alimentos” conformadas por organizaciones sociales y de base de Lima, que cuentan con apoyo operativo y en capacitaciones por parte del municipio.
Ideas fuerza e impactos:
- La Ley Nº30.988 del año 2019 complementa a la ley Nº30.498 de 2016 que “Promueve la Donación de Alimentos y Facilita el Transporte de Donaciones en Situaciones de Desastres Naturales”.
- Según la FAO, a nivel mundial se pierden alrededor del 14% de los alimentos producidos, lo cual, en América Latina y el Caribe, implica una pérdida anual de cerca de 220 millones de toneladas de alimentos, con un costo aproximado de 150 mil millones de dólares.
- Respecto a los desperdicios, de acuerdo al Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (UNEP), el mundo desperdicia el 17% de la producción total de alimentos: un 11% en los hogares, un 5% en los servicios de alimentación y un 2% en la distribución minorista.
- Sumando las pérdidas y los desperdicios, más de un 30% de los alimentos a nivel mundial no terminan cumpliendo con su objetivo de alimentar a la población, con el consecuente despilfarro de insumos, agua, energía, degradación de la tierra, trabajo humano y otros recursos necesarios para producirlos.
- Las PDA son responsables de aproximadamente un 8% de las emisiones de gases de efecto invernadero a la atmósfera (GEI) y del 25% de la utilización de agua dulce destinada a la agricultura.
Participación del FPH: El FPH capítulo Perú (hoy Comisión Especial Multipartidaria de Monitoreo, Fiscalización y Control del Programa Hambre Cero) impulsó esta ley desde sus inicios.